• Asignatura: Historia
  • Autor: loizasamuel5
  • hace 1 día

realiza un breve resumen que explique la independencia del 9 de julio de 1816 y los fracasos en los intentos de sancionar una constitución nacional en los años 1819 y 1826. explica también como y cuando se sanciona finalmente nuestra constitución nacional.​


miguelangelgar51: listo amigo
miguelangelgar51: resume lo más importante de todo lo que dijistes
miguelangelgar51: lo resumi pues
miguelangelgar51: corona porfa
loizasamuel5: ok

Respuestas

Respuesta dada por: miguelangelgar51
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Respuesta: En el histórico Congreso de Tucumán, el día 9 de Julio de 1816, en la casa de Francisca Bazan de Laguna en la ciudad de San Miguel de Tucumán, se firmó el Acta de Independencia que rompía los lazos de subordinación al gobierno español. En aquel documento se encontraban comprendidos los actuales territorios de Argentina, Uruguay, Paraguay y Bolivia.

Para aquel momento, España había logrado expulsar a los franceses y el rey Fernando VII fue repuesto en el trono. El monarca estaba dispuesto a recuperar los territorios americanos que estaban en manos de los patriotas.

Sus ejércitos, habían comenzado a avanzar por toda la región derrotando a una parte de los movimientos independentistas americanos. Ante esta situación, las Provincias Unidas decidieron reunirse en el Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas en Sudamérica, para decidir cómo enfrentar el peligro realista enviando cada una un diputado.

El Congreso inició sesiones el 24 de Marzo de 1816, encontrándose presentes 33 de los 34 diputados elegidos. Uno de los primeros temas que se debatieron fueron la asignación de recursos para el ejército Libertador comandado por San Martín, la acuñación de una moneda, la demarcación de un límite provincial y la organización del ejército.

Así fue que después de encendidos debates, todos los representantes llegaron a un acuerdo que derivó en la firma del Acta el 9 de Julio de 1816. Aquel día, Narciso Laprida realizaría la recordada pregunta: ¿Queréis que las provincias de la Unión sean una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli?

Todos los presentes votaron afirmativamente y a continuación se labró el Acta de Emancipación.

Explicación: Desde fines de 1811 el artiguismo se había pronunciado en favor de la “soberanía particular de los pueblos”. Una reunión de diputados de más de una veintena de poblados en abril de 1813 –el Congreso de Tres Cruces– resolvió la constitución formal de la Provincia Oriental, delimitó su territorio al espacio comprendido entre el río Uruguay, el Río de la Plata y la frontera hispano-lusitana, estableció la confederación defensiva y ofensiva con el resto de las Provincias Unidas como condición para el reconocimiento de la Soberana Asamblea Constituyente reunida en Buenos Aires en 1813 y nombró seis diputados que actuarían con mandato imperativo. Asociados de manera voluntaria, los pueblos orientales conservaban la calidad de libres e independientes y “todo poder o derecho no delegado expresamente”, quedando sujetos a la constitución que emanara del “soberano Congreso General de la Nación y a sus disposiciones consiguientes teniendo por base la libertad”.4 Esta noción de independencia aludía a niveles de autonomía de los cuerpos territoriales y a lazos de unión con una unidad política mayor.5 Existía antes de la revolución–España era una monarquía compuesta– y resurgió con fuerza en este período, en especial en contraposición al “sistema de unidad”, centralista, que no reconocía más que un sujeto soberano, la nación.

En los “Artículos convencionales de la Provincia Oriental”, suscritos el 19 de abril de 1813 por Artigas y José Rondeau, jefe interino de las fuerzas que estaban sitiando Montevideo, se estableció:

La Provincia Oriental [...] es una parte integrante del Estado denominado Provincias Unidas del Río de la Plata. Su pacto con las demás Provincias es el de una estrecha e indisoluble confederación ofensiva y defensiva. Todas las Provincias tienen igual dignidad, iguales privilegios, y derechos y cada una de ellas, renunciará al proyecto de subyugar á otra.6

Si bien estas cláusulas no fueron ratifica das por el gobierno de las Provincias Unidas, cons tituyeron la base de las relaciones de Artigas con otros pueblos y provincias a partir de ene ro de 1814, cuando las tropas orientales abandonaron el sitio de Montevideo y cruzaron el río Uruguay en busca de nuevos aliados. Así, en abril de 1814, luego de las primeras victorias militares, Artigas propuso un convenio, aceptado por los comisionados pero no ratificado por el Directorio, por el que se reconocía que los “pueblos todos del Entre-ríos desde la Bajada del Paraná” y los de “la banda oriental de Uruguay” se habían declarado “por sí mismos independientes” y habían “proclamado universalmente su protector [al] ciudadano jefe de los orientales José Artigas”. El texto aclaraba: “Esta independencia no es una independencia nacional”, por lo que no los separaba “de la gran masa a unos ni a otros pueblos”, ni afectaba “los intereses generales de la revolución”.


miguelangelgar51: corona porf
miguelangelgar51: porfa corona
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