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1
Respuesta:
"Las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc sólo cuando las controversias deriven de contratos de bienes, servicios y consultoría en general, cuyo monto contractual original sea menor o igual a veinticinco (25) UIT."
magdalenagalindohipo:
gracias
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
el futbol
Explicación:
para pagarle al árbitro una cuota
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