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Panamá declara la neutralidad del Canal para que, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, éste permanezca seguro y abierto para el tránsito pacifico de las naves de todas las naciones en términos de entera igualdad, de modo que no haya contra ninguna nación ni sus ciudadanos o súbditos discriminación ...
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espero que te sirva
Respuesta:
Panamá declara la neutralidad del Canal para que, tanto en tiempo de paz como en
tiempo de guerra, éste permanezca seguro y abierto para el tránsito pacifico de las
naves de todas las naciones en términos de entera igualdad, de modo que no haya
contra ninguna nación ni sus ciudadanos o súbditos discriminación concerniente a
las condiciones o costes del tránsito ni por cualquier otro motivo y para que el Canal
y consecuentemente el Istmo de Panamá, no sea objetivo de represalias en ningún
conflicto bélico entre otras naciones del mundo. Lo anterior quedara sujeto a los
siguientes requisitos:
(a) Al pago de peajes u otros derechos por el tránsito y servicios conexos, siempre
que fueren fijados según lo estipulado en el artículo III, literal (c);
(b) Al cumplimiento de los reglamentos pertinentes, siempre que los mismos fueren
aplicados según las estipulaciones del artículo III;
(c) A que las naves en tránsito no cometan actos de hostilidad mientras estuvieren en
el Canal,
( d) Al cumplimiento de otras condiciones y restricciones establecidas en este
tratado
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