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Respuesta:
Artículo 10
Explicación:
Los requisitos que se necesitan es estar cinco años de residencia en el territorio, con mayoría de edad, también que renuncia a su nacionalidad de origen y que domine el idioma español al igual que tener el conocimiento de la geografía, historia y organización política.
El extranjero que lleva 3 años habitando en el territorio y allá tenido descendencia en esta, si hacen la declaración y presentan todo lo mencionado anteriormente, si se podrá.
madaicastillo2003:
Coronita plis
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