Usted trabaja para la empresa CHOCOLATES PERU SA cuyo objeto social es la producción y venta de chocolate, tanto en el mercado local como en el exterior; sucede que uno de los hornos a sufrido un grave desperfecto, por lo que se necesita de un técnico que repare dicho horno. Para garantizar la eficiencia en la reparación del horno, CHOCOLATES PERU SA considera conveniente que el técnico a ser contratado este sujeto a las ordenes, control y posibles sanciones disciplinarias que pueda imponer la empresa; en tal sentido se le consulta lo siguiente:
Pregunta: ¿Qué clase de contrato temporal recomendaría a la empresa?
Respuestas
Respuesta:
no se que dice pero miente xd
Respuesta:
Contrato por Obra o Tiempo Determinado
El artículo 37 señala que un tiempo determinado puede únicamente estipularse cuando lo exige la naturaleza del trabajo que se va prestar o cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador. De igual manera se incluyen en este tipo las relaciones de trabajo para la explotación de minas.
Contrato por Tiempo Indeterminado
Comprende las relaciones de trabajo indeterminadas o que exceden los 180 días. En este caso, podrá establecerse un periodo de prueba, el cual no podrá exceder de 30 días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita.Importante aclarar que el periodo de prueba podrá extenderse hasta 180 días, solo cuando se trate de puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración.
Contrato Periodo de Prueba
La adición del artículo 39-A de la LFT dispone que en el caso de los periodos de prueba —que serán de 30 y de hasta 180 días, para trabajos administrativos, técnicos o de especialización—, al término de este periodo, si el patrón decide no continuar la relación laboral, deberá tomar en cuenta la opinión de la Comisión de Capacitación, Adiestramiento y Productividad para poder despedir al trabajador. Para evitar abusos en la utilización de estas nuevas figuras, los contratos deberán constar por escrito, los periodos de prueba y de capacitación serán inaplazables, mas no podrán utilizarse de manera simultánea o sucesiva, ni en más de una ocasión, por trabajador.
Contrato por Capacitación Inicial
A fin de promover el empleo formal se estableció una nueva modalidad de relación de trabajo, con el fin de que las personas que no tienen experiencia la adquieran al prestar sus servicios personales subordinados, conocida como capacitación inicial.
Contrato por Relación de Trabajo por Temporada
La ley contempla en su artículo 39-F que las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo, en los casos de actividades de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, mes o año.Hay que tener claro que los trabajadores que presten servicios bajo esta modalidad tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporción al tiempo trabajado en cada periodo.
Amigo una de estas debe ser