cuando una persona es víctima de persecución arbitraria indebida o ilegal puede solicitar una acción de​

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Respuesta dada por: valentinagraciaortiz
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EGISTRO UNICO DE VICTIMAS-Caso en que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas niega la inclusión en el Registro Único de Víctimas argumentando que no se cumplían requisitos legales

 

ACCION DE TUTELA EN MATERIA DE DESPLAZAMIENTO FORZADO-Procedibilidad

 

La Corte Constitucional ha concluido que la acción de tutela es el mecanismo idóneo para proteger los derechos fundamentales de la población que se encuentra en desplazamiento, pues ha comprendido que a pesar de la naturaleza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, las actuaciones de esta entidad pueden ser llevadas a planos controversiales mediante otros medios de defensa, las condiciones especiales que sobrevienen a las personas víctimas de desplazamiento forzado hacen que dichos mecanismos resulten ineficaces y no idóneos.

 

VICTIMAS DE LA VIOLENCIA EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO-Concepto

 

CONFLICTO ARMADO INTERNO-Contenido y alcance

 

INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE POBLACION DESPLAZADA-Marco normativo para la inscripción y pautas jurisprudenciales que determinan su aplicación  

 

Cuando una persona se encuentre bajo las circunstancias fácticas de un desplazamiento forzado interno, tiene derecho a quedar registrada como tal por las autoridades competentes, ya sea de forma individual o junto a su núcleo familiar. Adicionalmente, el derecho de registro de la población desplazada se encuentra incluido en los Principios Rectores del Desplazamiento Forzado Interno los cuales constituyen un elemento fundamental para la interpretación y la definición del alcance de los derechos fundamentales de los desplazados. Con relación al procedimiento para la inscripción en el RUPD, “la Ley 387 de 1997 y el Decreto reglamentario 2569 de 2000 prevén que la persona víctima del desplazamiento deberá rendir una declaración sobre los hechos de su desplazamiento ante el Ministerio Público, luego de lo cual las Unidades Territoriales de Acción Social, función hoy asignada a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, deberá realizar una valoración de la misma y determinar si procede o no la inscripción en el mencionado registro”.

 

DERECHO A LA PERSONALIDAD JURIDICA-Cambio de nombre como expresión de individualidad  

 

DERECHO AL RECONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA Y AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD-Caso en que se procede a inaplicar el artículo 94 del Decreto 1260 de 1970

 

INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE POBLACION DESPLAZADA-Orden a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral inscribir al accionante y a su núcleo familiar en el Registro Único de Víctimas

Explicación:

:)

Respuesta dada por: elizabeth261107
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Explicación:

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