• Asignatura: Historia
  • Autor: allisonquevedoeespin
  • hace 1 mes

Conclusiones de la independencia de España para hoy porfa :(​


fridamsancheztoledo: Espero que te sirva:
fridamsancheztoledo: La guerra hizo aflorar aspectos de una terrible crueldad. La pérdida de vidas humanas y la destrucción de bienes materiales fueron considerables, y supusieron para el país un serio quebranto. España, desangrada por una guerra y con dos administraciones en conflicto, se sumió en el caos, que, además, fue caldo de cultivo para movimientos independentistas en las colonias de América.
allisonquevedoeespin: Gracias:)
fridamsancheztoledo: De nada

Respuestas

Respuesta dada por: aaaaa2415124
0

Respuesta:

hOLA COMO ESTAS

Explicación:

Respuesta dada por: sayayin21215
2

Respuesta:

CONCLUSIONES

La lucha de Independencia, los motines, las revoluciones, la Guerra de Reforma, los alzamientos, las conflagraciones, los golpes

de Estado, las guerras intestinas, las conspiraciones, las revueltas,

el movimiento revolucionario, los cuartelazos, las rebeliones, las

guerrillas y demás desavenencias no dieron lugar para preocuparse por la justicia tributaria, cuando primero resultaba guarecer la

estabilidad política y la soberanía nacional. Que las contribuciones disfrazaran sus fines fiscales, no fueran establecidas en ley, ni

razonadamente motivadas, no fueran equitativas, no estuvieran

destinadas a sufragar el gasto público, no atendieran a la capacidad contributiva subjetiva, atentaran contra el mínimo vital de

subsistencia y tuvieran tintes notoriamente confiscatorios poco

importó; y no porque la población, directa o indirectamente, no

lo demandara, sino porque, paralela a estas exigencias sociales,

existía una ineludible e ininterrumpida lucha en la que tales reclamos se hubieran visto más como nimiedades y desvaríos que como

derechos fundamentales del contribuyente, y más si en aquellas

épocas la concepción del ciudadano se agotaba en la figura del

súbdito o tributario, heredada por el enraizado sistema fiscal español, que impregnó con tal magnitud en la Nueva España, que al

momento de consumarse la Independencia, en vez de erradicarlo

íntegramente como una muestra de rechazo o censura a la conquista española, el nuevo país prefirió conservarlo, continuando

así con los tradicionales parches y remiendos que observaríamos

a lo largo de todo el siglo XIX (y aún en nuestros días); mismos

que lejos de incentivar la recaudación sobre un marco normativo estable, incentivaron la necesidad de crear nuevos y cada vez

más irracionales impuestos extraordinarios para hacer frente a los gastos de guerra, administración y pago de la deuda tanto interna

como externa, que nunca fueron suficientes.

Estos hallazgos nos llevan a afirmar que, al menos en materia fiscal, la conquista española no tuvo su declive en 1810. Por

el contrario, podemos categóricamente decir que México no se

liberó del sistema tributario español sino hasta la Constitución de

1917, que sentó por primera vez las incipientes bases o directrices vertebradoras que habrían de configurar el sistema fiscal del

país sobre un esquema de contribuciones directas. Allí nace, bien

que mal, el fisco propiamente mexicano, aunque algunas de sus

características hayan nacido a partir de otros ordenamientos o

preceptos en materia fiscal como la Constitución de 1857.

Que la ideología de los derechos del contribuyente se gestara

en forma embrionaria en Francia, Inglaterra y Estados Unidos

durante la primera segunda mitad del siglo XIX, no significa, en

lo absoluto, que tales nociones permearan paralelamente en la

realidad económica mexicana. Y aunque es sabido que la mayoría de los libertadores y principales caudillos se allegaron de la literatura jurídica tanto europea como americana, pretender aplicar tales ideologías hubiera sido más que imposible, pues nuestra

realidad era otra; la incesante lucha se configuró como única

prioridad. Es así que durante muchos años el gobierno mexicano

se estructuró para la guerra, de ahí que todos los primeros presidentes tuvieran el cargo militar de general. Naturalmente, la

hacienda pública también giró en torno a cuestiones bélicas, confeccionándose para solventar los gastos generados por el mantenimiento de un numeroso cuerpo castrense, los pagos atrasados

de los militares retirados o de sus viudas, el cierre y custodia de

las fronteras, etcétera.

Explicación:


allisonquevedoeespin: Muchas gracias
sayayin21215: denada
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