Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Son electores nacionales los ciudadanos nativos y los naturalizados desde los dieciocho años cumplidos de edad, siempre que estén inscriptos unos y otros en el padrón electoral. Art. 2. Están excluidos los dementes declarados en juicio.
Preguntas similares
hace 6 meses
hace 6 meses
hace 6 meses
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años