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Depende por Aquellos Que Estan Involucrados En Daños Generados En Causa De Los Daños Segundarios Perpetrados por El Infractor Como Gastos Para El Estado Y Gastos Que Son Privados En El Presente Reglamento De La Aplicacion De Las Diferentes Sanciones Administrativas İmpuestas por El Codigo Policial De Transito.
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