• Asignatura: Baldor
  • Autor: lisandrovasquez2008
  • hace 11 meses

como protege la autoridad a la ciuadania ante delitos y violaciones a los derechos humanos.

Respuestas

Respuesta dada por: ssjrose3
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Respuesta:

En el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se prevé que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establezcan organismos de protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, para que conozcan de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o persona servidora pública, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos. Además indica que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos conocerá de las inconformidades que se presenten en relación con las recomendaciones, acuerdos u omisiones de los organismos equivalentes en las entidades federativas.

Es de destacarse que las violaciones a los derechos humanos que atiende este organismo público, ocurren por acciones u omisiones de las y los servidores públicos del Estado, que en el ejercicio de sus funciones, vulneran o permiten que sean vulnerados los derechos de las personas.

La característica distintiva entre una violación a los derechos humanos y una falta administrativa o un delito, radica en que quien agrede es una servidora o servidor público que abusa de su poder, en menoscabo de los derechos de las personas.

Cabe mencionar que cuando en un mismo hecho, estuvieran involucrados tanto autoridades o personas servidoras públicas de la Federación, como de las entidades federativas o municipios, la competencia se surtirá en favor de la CNDH.

Sin embargo, en ocasiones el apoyo solicitado no está incluido dentro de las competencias de esta Institución, no obstante se ofrece orientación jurídica y en ocasiones se remite el caso a la autoridad competente para su solución. Además debe precisarse, que la investigación y solución de violaciones a los derechos humanos, debido a las circunstancias de los hechos, en ocasiones requieren de más de seis meses para su procedimiento, y quedan en trámite al cierre del año para su resolución en un periodo posterior.

Asimismo, cabe señalar la importancia que tiene para esta Comisión Nacional el seguimiento de las denuncias penales y procedimientos administrativos, derivados de las recomendaciones emitidas por este organismo público autónomo. Lo anterior, con la finalidad de que las autoridades competentes aporten mayores elementos de prueba que permitan incrementar la efectividad de las sanciones penales y administrativas, derivadas de las violaciones a los derechos humanos.

De la misma manera, cobran relevancia las acciones de inconstitucionalidad presentadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en la Norma Fundamental y en los tratados internacionales de los que México sea parte.

Cabe destacar el seguimiento de recomendaciones emitidas como producto de la conclusión de los expediente de queja e inconformidad y que se encuentran en trámite, las cuales son un elemento fundamental para concretar la protección y defensa de los derechos humanos. Esta información se encuentra sistematizada en una sección ubicada en la portada de este portal web.

En esta sección del Informe se presentan las actividades relacionadas con la Protección y Defensa de los Derechos Humanos, la cual es una ardua tarea que implica una gran diversidad de acciones encaminadas a salvaguardar a las personas contra actos que violentan sus derechos humanos cometidos por servidoras y servidores públicos y pueden consultarse en los apartados de:

A. Solución de expedientes de presuntas violaciones

B. Recomendaciones Generales

C. Informes Especiales

D. Acciones de Inconstitucionalidad

E. Medidas Cautelares

F. Oficina Especial Caso Iguala

Explicación:

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