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Respuesta:
si tu horario es de 8:00 am a 18:00 pm, y te quedaste trabajando hasta las 21:00 horas, allí hay 3 horas extras que se te deben pagar conforme a la LFT. El valor a pagar dependerá del número de horas de trabajo extraordinarias que el empleado laboró durante la semana
Explicación:
espero te ayude
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Explicación:
la hora extra diurna es la que se labora entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche y tiene un recargo del 25% sobre el valor
ordinario
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