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Respuesta:
Antes de comenzar analizando el concepto de Derecho Romano es preciso
detenernos en el significado del término “Derecho”. Entendiendo por tal como “norma
de convivencia social”. Esto implica que la sociedad, en general, para poder conseguir
una convivencia pacífica necesita de unas pautas, reglas o normas de comportamiento
que vendrán determinas por el sistema político que en cada etapa de la historia social
exista.
Ahora bien, con independencia del sistema político concreto que se desarrolle, lo
que está claro es que el Derecho (como norma de convivencia social) tiene, a su vez,
distintos significados diferentes pero complementarios:
1º) Derecho Objetivo (norma agendi)Æ Conjunto de normas jurídicas que regulan la
convivencia en sociedad y se imponen a la conducta humana de una forma coactiva.
2º) Derecho Subjetivo (facultas agendi)Æ Facultad jurídica que a una determinada
persona atribuye el Derecho Objetivo. Facultad concedida a una persona de usar o
disfrutar de una cosa de una manera más o menos completa (ius in rem), o bien de exigir
a una determinada persona (ius in personam) una cierta prestación o comportamiento de
dar, hacer o no hacer.
3º) Derecho PositivoÆ Es el derecho objetivo y subjetivo vigente o actual, es decir, es
el que se aplica efectivamente a una sociedad determinada.
4º) Derecho HistóricoÆ El derecho del pasado que el jurista actual puede estudiar o
analizar pero no aplicar, puesto que no es un derecho vigente o derecho positivo.
De estos significados del Derecho se desprende otros tantos conceptos que se
dan tanto en el ámbito objetivo como en el subjetivo, ya sea pasado o vigente, tales
como:
• Sujeto del Derecho: Titular del Derecho (persona física o individuo y persona
jurídica o entes sociales y bienes).
• Objeto del Derecho: Parte del mundo exterior en el cual se ejerce el Derecho.
Cualquier cosa que sea útil o capaz de producir al individuo la creación,
modificación o extinción de un derecho.
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