de que manera interpreta usted el artículo 22 inciso 1 del código de trabajo ​

Respuestas

Respuesta dada por: Senkux97
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Respuesta:

Artículo 22, inciso 2, Código del Trabajo. ... En resumen, el artículo 22 del código del trabajo es una cláusula que permite que ciertos trabajadores extiendan su jornada por más de 45 horas semanales. De esta forma, tienen una libertad horaria (deciden a qué hora entran y a qué hora salen).

Explicación:

Coronita si te ayude pls :C

Respuesta dada por: mjudit936gmailcom
1

Respuesta:

Primero que dice el artículo 22, inciso 1 del código de trabajo:

Art. 22.- El trabajador está obligado a reclamar del patrono el otorgamiento del respectivo documento dentro de

los ocho días siguientes al día en que empezó a prestar

sus servicios.

Si el patrono se negare a otorgarlo, el trabajador deberá,

finalizado el plazo a que se refiere el inciso anterior, comunicarlo a la Dirección General de Trabajo a más tar-

30 Código de Trabajo de la República de El Salvador Código de Trabajo de la República de El Salvador 31

Lugar de prestación

Horario

Calidades de las partes

Documento de identidad

Labor a desempeñar

Plazo

Fecha de inicio

dar, dentro de los ocho días siguientes y el Secretario

de la Dirección acusará el recibo correspondiente. Si los

avisos resultasen contradictorios o en caso de recibirse

uno solo, el Director General mandará inmediatamente a

practicar una investigación al lugar de trabajo, pudiendo

designar a este efecto a un delegado suyo.

El encargado de esta investigación tratará ante todo de

que las partes otorguen el contrato por escrito, y si esto no

fuere posible, practicará las averiguaciones pertinentes a

fin de establecer, si el o los avisos se dieron en tiempo y

cuál deberá tomarse como verdadero. La resolución del

investigador será tomada como cierta por las autoridades

judiciales o administrativas competentes.

Interpretación:

El artículo 22 del código del trabajo es una cláusula que permite que ciertos trabajadores extiendan su jornada por más de 45 horas semanales. De esta forma, tienen una libertad horaria (deciden a qué hora entran y a qué hora salen). También las personas tienen la libertad de no registrar asistencia.

Explicación:

¡¡Espero os sea de utilidad!!♥️

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