• Asignatura: Historia
  • Autor: leilabernand
  • hace 1 año

¿Qué características tuvo la relación de la monarquia borbónica con la Iglesia? ¿Cómo se vincula este hecho con la expulsión de los jesuitas?
doy corona​

Respuestas

Respuesta dada por: NayeliAurora
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el que le esto es gay

EL que siga leyendo le gusta YO cabrera TE gusta yao verdad?


parodi88: no me incluyo en lo de gay xd
Respuesta dada por: parodi88
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Respuesta:

Es éste un tema bien documentado que se ha abordado desde la teoría y desde la perspectiva jurídico-legal —más bien desde textos pragmáticos— o de la política religiosa —cuando en buena medida es una cuestión de cifras, las del clero y sus riquezas—, o reduciéndolo a las relaciones entre el Estado absoluto y la Iglesia católica, a pesar de que en el ámbito no católico se vivieron procesos parecidos en el siglo XVIII. De un modo más o menos general, se hizo notar la capacidad diluyente de la desacralización y de la secularización implícitas en la Ilustración, lo que en ámbitos populares se tradujo en un retraimiento de las expresiones religiosas, pero también en la asunción rápida del mensaje anticlerical o antirreligioso de amplios sectores intelectuales, como reacción contra la riqueza, privilegios, compromiso político, absentismo, relajamiento de costumbres y descuido de los deberes eclesiásticos de una parte del clero. Además, todas las Iglesias, como la católica, sufrieron divergencias internas, derivadas de las desigualdades socio-económicas y de las controversias religiosas animadas por movimientos renovadores y rigoristas. La respuesta de las Iglesias fue hostil pero su capacidad represiva estaba muy disminuida. El respaldo que antes les garantizaba el Estado estaba en regresión y los déspotas ilustrados se mostraron menos dispuestos a seguir permitiendo un Estado dentro del Estado que a desmantelar el poder eclesiástico; la expulsión de los jesuitas en los países católicos, la secularización en la Rusia ortodoxa, la supresión del papel político del clero en la luterana Prusia, etc., son reveladores del nuevo estado de cosas. Aunque fue la tolerancia lo que afectó más a las Iglesias establecidas al romper su monopolio1: el edicto de 1781 de José II de Austria fue el ejemplo extremo, pero también la hubo en Francia respecto a los calvinistas, de hecho desde mediados del XVIII y de derecho desde 1787. No deben desdeñarse el efecto del ateísmo confesional, poco difundido en su teoría, y del ateísmo práctico, la indiferencia y la incredulidad, y el éxito de las religiones naturales, como el deísmo entre las elites ilustradas, o de las propuestas antidogmáticas y anti-tradicionalistas de la masonería.

Explicación:

2)Los jesuitas eran conscientes del acoso que venían sufriendo, pero no tuvieron noticia alguna de la medida que Carlos III se disponía a tomar hasta el momento mismo de su aplicación. Aunque a lo largo del año el gobierno realizó una Pesquisa reservada entre gran parte de los obispos españoles, no hubo filtraciones sobre su contenido. Tampoco tuvieron ninguna noticia del decreto de expulsión, dictaminado por el fiscal Campomanes y aprobado por una sala reducidísima y previamente seleccionada de consejeros el 29 de enero de 1767. Ni de la ratificación real de dicho decreto el 20 de febrero siguiente. Es curioso que no se filtrase ni un solo rumor de las altas jerarquías al pueblo. Tampoco trascendió el contenido de un pliego cerrado (impreso en la Imprenta Real, perfectamente incomunicada) que el Conde de Aranda remitió a los jueces ordinarios y tribunales superiores de todas las poblaciones en las que había establecimientos jesuitas (más de 120), en el que se hallaban las instrucciones reservadas para la expulsión, y que no podía ser abierto hasta la misma noche del primero de abril.

El secreto estaba motivado por la intención de paralizar cualquier maniobra de protesta por parte de los numerosos simpatizantes de la Compañía, sobre todo, dentro del estamento nobiliario y de las clases populares. También se quería evitar que los jesuitas pudiesen huir, enajenar sus bienes, deshacerse de sus archivos y de sus papeles comprometedores, puesto que las órdenes reales incluían la confiscación de los bienes, lo que se conoce como las «temporalidades» de la Compañía.

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