Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
En Colombia, el artículo 20 del código de comercio enuncia una serie de actividades que considera como mercantiles: La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos.
Preguntas similares
hace 1 año
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años