• Asignatura: Geografía
  • Autor: duartemara04
  • hace 1 año

que visión tienen el artículo 41 sobre el uso de los recursos naturales​

Respuestas

Respuesta dada por: feyb10
0
Artículo 41. Toda persona tendrá derecho a que las autoridades en materia forestal pongan a su disposición la información forestal que les soliciten, en los términos previstos por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Respuesta dada por: maybehuamalic
0

Respuesta:

Artículo 41.- Del acceso a la información ambiental

Conforme al derecho de acceder adecuada y oportunamente a la información

pública sobre el ambiente, sus componentes y sus implicancias en la salud, toda

entidad pública, así como las personas jurídicas sujetas al régimen privado que

presten servicios públicos, facilitan el acceso a dicha información, a quien lo

solicite, sin distinción de ninguna índole, con sujeción exclusivamente a lo

dispuesto en la legislación vigente.

CONCORDANCIAS: D.S. Nº 002-2009-MINAM, Arts. 7 y 20 (Decreto Supremo

que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información

Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos ambientales

Explicación:

del acceso de la informacion ambiental

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