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En toda convivencia humana bien ordenada y provechosa hay que establecer como fundamento el principio de que todo hombre persona, esto es, naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío, y que, por tanto, el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes, que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza. Estos derechos y deberes son, por ello, universales e obligatorias y no pueden renunciarse por ningún concepto
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