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LA LEY N° 26.774 EN SU ARTÍCULO 1º ES CLARA AL DEFINIR QUE “LOS ARGENTINOS QUE HUBIESEN CUMPLIDO LA EDAD DE DIECISÉIS (16) AÑOS, GOZAN DE TODOS LOS DERECHOS POLÍTICOS CONFORME A LA CONSTITUCIÓN Y A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA.”
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