El Concejo Municipal


El Alcalde


La Municipalidad o Alcaldía


Auxiliares de Alcalde:


Delegaciones de Distrito

¿Reconoce las funciones que cumplen estas autoridades? ¿escriba algunas?


ayuda pliissssssssssssssss doy coronita

Respuestas

Respuesta dada por: everscatalina
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Respuesta:

Objetivos:

Se constituyen alcaldías auxiliares o comunitarias para el cumplimiento de los objetivos siguientes:

Ejercer y representar por delegación a la autoridad municipal en su demarcación territorial.

Velar por el cumplimiento de las ordenanzas, reglamentos y disposiciones de carácter general, emitidos por el Concejo Municipal o el Alcalde o Alcaldesa, a quien dará cuenta de las infracciones y faltas que se cometan.

Velar por la conservación, protección y desarrollo de los recursos naturales de su circunscripción territorial

Funciones:

Son atribuciones del alcalde comunitario o alcalde auxiliar (Artículo 58, Código Municipal), en su respectiva circunscripción, las siguientes:

Promover la organización y la participación sistemática y efectiva de la comunidad en la identificación y solución de los problemas locales.

Colaborar en la identificación de las necesidades locales y en la formulación de propuestas de solución a las mismas.

Proponer lineamientos e instrumentos de coordinación en la comunidad para la ejecución de programas o proyectos por parte de personas, instituciones o entidades interesadas en el desarrollo de las comunidades.

Elaborar, gestionar y supervisar, con el apoyo y la coordinación del Concejo Municipal, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo integral de la comunidad.

Cooperar en censos nacionales y municipales, así como en el levantamiento y actualización del catastro municipal.

Promover y gestionar en el ámbito comunitario y municipal las acciones que garanticen el uso racional y sostenible de la infraestructura pública.

Ejercer y representar, por delegación del alcalde, a la autoridad municipal.

Ser vínculo de comunicación entre las autoridades del municipio y los habitantes.

Rendir los informes que le sean requeridos por el Concejo Municipal al alcalde.

Mediar en los conflictos que los vecinos de la comunidad le presenten, coordinando esfuerzos con el Juzgado de Asuntos Municipales, cuando el caso la requiera.

Velar por el cumplimiento de las ordenanzas, reglamentos y disposiciones de carácter general, emitidos por el Concejo Municipal o el alcalde, a quien dará cuenta de las infracciones y faltas que se cometan.

Velar por la conservación, protección y desarrollo de los recursos naturales de su circunscripción territorial.

Las demás funciones que le sean asignadas por la ley y las que le delegue el Concejo Municipal o el Alcalde Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Los funcionarios y empleados municipales, deberán prestar, en lo que les corresponda, la colaboración necesaria para el cumplimiento de las atribuciones del Alcalde Comunitario o Alcalde Auxiliar.

Explicación:

espero que te sirva

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