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Según la asamblea de 1998, donde se legalizó el voto en el exterior de los ecuatorianos, según el articulo 27 de la carta magna este derecho político, al disponer que: " Derecho a voto.-Los ecuatorianos domiciliados en el exterior podrán elegir Presidente y Vicepresidente de la República, en el lugar de su registro o empadronamiento, se lo realizará en los consulados ecuatorianos en el país que se encuentren, añadimos esto que lo ejercen siempre y cuando sean residente en el país de manera legal.
Espero te sirva
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