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Respuesta:El domicilio general: la persona no puede tener mas de un domicilio general, este domicilio será para cualquier relación jurídica. Domicilio real: es el lugar donde la persona tiene establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios (Art. 52).XD
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CONCLUSIONES. Que una persona puede tener varias residencias, pero un sólo domicilio; de donde puede realizar distintos actos jurídicos, acciones legales, etc. La ley peruana protege nuestra morada, por tanto nuestro derecho a la intimidad.
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