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HOLA:
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todos aquellos que laboren en su día de reposo, deberán ser acreedores de 200% de su salario diario, es decir, del doble.
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☁️<~hola~>☁️
Respuesta:
El 16 de septiembre. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre. El primero diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. El 25 de diciembre.
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espero te sirva ❤️
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