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Respuesta:
A lo largo de todo el siglo XX, el desarrollo de las tecnologías fue gradualmente disminuyendo
la distancia entre el hombre, la obra cultural y la propiedad intelectual; el ápice fue el
advenimiento de internet, a mediados de los años 90. El acceso a obras del mundo entero
facilita enormemente las posibilidades de diseminación de conocimiento y de materia prima
para la educación y también ayuda a construir una comunidad global. Sin embargo, los
titulares de bienes intelectuales –derechos de autor, marcas y patentes– no pueden utilizarlos
indiscriminadamente. De ese modo, en líneas generales, lo que se pretende analizar en el
presente artículo es el serio riesgo que corre la efectivación del derecho humano a la educación
con la presente estructura de derechos de autor y con el uso inadecuado de la tecnología.
Tomaremos como base la ley brasileña, pero serán útiles algunas consideraciones para
comprender el sistema de otros países, así como también para la elaboración de objetivos a ser
perseguidos sobre el derecho de autor.
eso tilin