Investiga cuáles son los costos y tiempo para constituir una empresa en el Perú como persona jurídica (minuta, escritura pública, inscripción en el registro, licencia de funcionamiento, etc.)
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Explicación:
Reglas básicas para constituir una empresa
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Con el propósito de orientar a nuestros asociados y a los empresarios en general, en este informe se indican las reglas básicas que deben tener en cuenta para la constitución de una empresa en nuestro país.
Puntualizamos los pasos a seguir, los trámites notariales y registrales, las disposiciones generales aplicables, los alcances de los principales modelos societarios regulados por la Ley General de Sociedades y la Ley que creó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), así como un cuadro comparativo de los distintos modelos societarios que más se adecúan a las actividades económicas a realizar.
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Persona jurídica.- Si opta por constituir la empresa como persona jurídica se debe tener en cuenta los diferentes tipos societarios regulados en la Ley General de Sociedades (Ley N° 26887).
Las más comunes son la Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) y la Sociedad Anónima Común (ver cuadro adjunto al final de este informe).
E.I.R.L.- Como persona jurídica también se puede constituir una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), donde el titular es el único dueño y a la vez puede ser el gerente. Las reglas para la constitución de una EIRL están previstas en el Decreto Ley N° 21621 y no en la Ley General de Sociedades.
Búsqueda y reserva del nombre.- La reserva del nombre, si bien no es obligatorio antes de la constitución de la empresa, es recomendable para evitar que la denominación o razón social elegida sea igual o coincida con el nombre de una empresa ya constituida e inscrita en los Registros Públicos.
La reserva del nombre se puede solicitar de modo virtual ingresando al portal web de la Sunarp. El costo del trámite es de S/ 20.
Minuta de constitución.- En la minuta de constitución, que da origen a la escritura pública notarial, los socios manifiestan su voluntad de constituir una persona jurídica, donde consta el pacto social y el estatuto de la sociedad.
En el estatuto consta la denominación o razón social completa y abreviada, los datos de identificación de los socios, el capital de la sociedad, los aportes que efectúan los socios; asimismo, se indica quienes serán los representantes y los administradores de la sociedad.
Aporte de capital.- Podrá aportarse dinero, el mismo que es depositado en la cuenta corriente bancaria a nombre de la sociedad en proceso de constitución.
También podrá aportarse bienes (muebles e inmuebles), con la descripción detalladadelosbienesmueblesquese aportan y la transferencia del inmueble a la sociedad, lo que debe constar en la escritura pública correspondiente.
Escritura pública.- Una vez elaborada la minuta, el documento es firmado por los socios y es llevado a la notaria para que la constitución de la empresa se eleve a escritura pública, y una vez firmada por los socios se inscriba la sociedad en los Registros Públicos.
El costo y el tiempo del trámite dependen de la notaría elegida.
Inscripción en la Sunarp.- La inscripción de la sociedad se efectúa en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), cualquiera sea el modelo societario elegido (S.A.C., S.R.L., S.A., etc), inclusive cuando se constituya una E.I.R.L.
Recuerde que la persona jurídica existe desde su inscripción en los Registro Públicos.
Inscripción en el RUC.- El Registro Único de Contribuyentes (RUC) identifica a la persona natural o jurídica como contribuyente ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Inscripción digital.- La sociedad también puede constituirse e inscribirse en los Registros Públicos mediante la Plataforma Digital de la Sunarp (SID Sunarp). En este caso, la inscripción registral se realiza electrónicamente, sin necesidad de llenar formularios ni de acudir a las oficinas registrales.
Para tal fin se debe ingresar a la página web SID – Sunarp, que le proporcionará un usuario y clave, y seleccionará el ícono “Solicitud de constitución de empresas”.
Entre otras, con la inscripción digital se eliminan los soportes de papel en el trámite registral, se simplifica el trámite notarial y registral, incluso en forma automática la Sunat le otorga el RUC a la empresa legalmente constituida.
No todas las notarías en el país están utilizando el SID Sunarp para los procesos de constitución de empresas, por lo que se recomienda corroborar previamente con la notaría elegida, la habilitación de este sistema.