indica a qué se refiere al artículo 16. con tus propias palabras
Cuenta78:
Artículo pero de que país xd
Respuestas
Respuesta dada por:
2
Respuesta:
Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. ... La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal.
Preguntas similares
hace 1 año
hace 1 año
hace 4 años
hace 7 años