Ayuda plis es para mañana
el que sepa responda si no reporto gracias
la ley 30 de 1986 establece en su artículo 8° el consejo Nacional de estupefacientes podrá ordenar la destrucción de toda plantación que no posea licencia o autorizar su utilización para fines lícitos de conformidad con la reglamentación que se expida.. ¿consideras que esta estrategia para la erradicación de cultivos ilícitos es efectiva? argumenta tu respuesta
Respuestas
Respuesta:
Explicación:
Las expresiones empleadas en este Estatuto se entenderán en
su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas; salvo
las definiciones contenidas en él, a las cuales se les dará el significado
expresamente establecido en sus disposiciones o en las que regulen la
misma materia.
Art. 2º.—Para efectos de la presente ley se adoptarán las siguientes
definiciones:
a) Droga: Es toda sustancia que introducida en el organismo vivo
modifica sus funciones fisiológicas.
b) Estupefaciente: Es la droga no prescrita médicamente, que actúa
sobre el sistema nervioso central produciendo dependencia.
c) Medicamento: Es toda droga producida o elaborada en forma
farmacéutica reconocida que se utiliza para la prevención, diagnóstico,
tratamiento, curación o rehabilitación de las enfermedades de los seres
vivos