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La doctrina establece como atributos de la personalidad, los siguientes: capacidad jurídica, nombre, domicilio, nacionalidad, patrimonio y estado civil, en cuanto a las personas físicas, así como todos ellos, excepto el estado civil, con relación a las personas morales.
No compro con lo que dices enumere,
Explicación:
Espero te sirva <3
almadcalderon:
no me sirve tiene q estar enumeraas
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