¿Cuál es la diferencia entre la asignación de colación, viatico y movilización?

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La decisión sobre si las asignaciones de colación y movilización han de incluirse o no en la última remuneración del trabajador, que se utiliza como base de cálculo para el pago de las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva del aviso previo, ha dado lugar a diversas posturas.

   

En algunos casos se ha sostenido que estas asignaciones estarían excluidas de las mencionadas indemnizaciones por cuanto, conforme al artículo 41 del Código del Trabajo, tales asignaciones no tendrían el carácter de remuneración.

Por el contrario, en otros casos se ha establecido que procede incluir las asignaciones de colación y movilización dentro del pago de las indemnizaciones antedichas, basándose para ello en el artículo 172 del código del Trabajo, de acuerdo al cual, la última remuneración mensual comprende toda cantidad que estuviere percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios al momento de terminar el contrato, con exclusión únicamente de los beneficios o asignaciones que en él se señalan, entre las que no se encuentran las asignaciones de colación y movilización.

Esta última postura ha sido la adoptada en los últimos años tanto por la Dirección del Trabajo como por los Tribunales de Justicia. Esta mirada se ha hecho aún más evidente con la sentencia dictada por la Corte Suprema en Enero de 2014, en la cual señaló que las asignaciones de colación y movilización debían ser consideradas para el cálculo de las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva del aviso previo, por cuanto la norma del artículo 172 del Código del Trabajo sería una norma especial que rige los pagos por término de contrato de trabajo y, en tal calidad, prevalecería por sobre la norma genérica del artículo 41 del mismo Código.

Sin perjuicio de lo anterior, se debe tener presente que las decisiones de la Corte Suprema solo son vinculantes para las partes de aquellos juicios específicos en que se dictan, por lo que no resultan necesariamente vinculantes para los tribunales de menor jerarquía, que podrían fallar de forma distinta en casos similares.

Por último, cabe señalar que con fecha 5 de marzo de 2012 ingresó un proyecto de ley al Congreso Nacional (Boletín N°8160-13) que buscaba modificar el artículo 172 ya mencionado, para establecer de manera expresa que en el cálculo de la indemnización por años de servicio y sustitutiva del aviso previo se debían considerar como parte de la última remuneración mensual las asignaciones por concepto de colación y movilización. No obstante lo anterior, este proyecto se encuentra sin movimiento a la fecha.

Explicación:


Jiminie7u7: Creo que no comprendiste la pregunta pero gracias igualmente
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