Respuestas
Respuesta dada por:
2
Respuesta:
Mediante la presente Ley se incorpora el artículo 7°-A de la Constitución Política del Perú, donde menciona que el Estado reconoce el derecho de toda persona a acceder de forma progresiva y universal al agua potable. El Estado garantiza este derecho priorizando el consumo humano sobre otros usos.
Explicación:
Espero que te sirva
Alex14141414:
Gracias
Respuesta dada por:
2
Respuesta:
El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
Explicación:
Preguntas similares
hace 2 años
hace 2 años
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años