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Analizando la exposición de García de Cortázar, el señorío territorial vendría a definir el poder de un señor sobre los hombres y tierras que se encuentran bajo su dominio eminente, mientras que el señorío jurisdiccional comportaría un ámbito mayor de dominio jurídico sobre hombres dependientes de otros señores
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Los Señoríos Territoriales eran el poder de un señor sobre los hombres y tierras que se encontraban bajo su dominio eminente.
Espero que te haya servido :)
1949Emmanuel1949:
Gracias
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