¿Por qué el parlamentarismo es propio de las democracias consolidadas?

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Respuesta dada por: olivermorenoregino
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En este cuaderno de divulgación el doctor Ricardo Espinoza realiza una descripción de los tres sistemas de organización política más importantes entre las democracias contemporáneas: el presidencialismo, el parlamentarismo y el semipresidencialismo, a partir del concepto de división de poderes, y presenta los tres casos nacionales más típicos correspondientes a cada uno de tales sistemas, a fin de exponer con detalle sus elementos constitutivos.

La característica fundamental del sistema parlamentario, afirma el autor, es que la soberanía se deposita en el Parlamento y, por tanto, no existe una separación rígida entre éste y el gobierno. El Ejecutivo, en cambio, se divide en un jefe de Estado y uno de gobierno. Espinoza describe el desarrollo histórico del parlamentarismo inglés y la forma en que se fueron conformando los mecanismos de equilibrio y control mutuo entre los distintos poderes, como la moción de censura, la cuestión de confianza y el "gabinete en la sombra". Más adelante, hace una rápida descripción comparativa con otros países en los que rige este sistema. Apunta, además, que básicamente "la integración del Parlamento define la estructura del sistema de partidos", si bien deben considerarse algunas variaciones que el sistema electoral puede introducir en cada caso.

Enseguida, estudia el sistema presidencialista y describe el caso estadounidense, del cual destaca como características fundamentales la separación en tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. Es distintivo de este sistema concentrar en una sola figura al jefe de Estado y al jefe de gobierno; sin embargo, destaca Espinoza, el control de cada uno de los poderes está dado por el propio diseño constitucional, más que por el uso de mecanismos de contrapesos, aunque éstos existan (por ejemplo, el veto y el juicio político). Es decir, en la legislación están determinadas las atribuciones de cada uno de los poderes. Con todo, en caso de controversias constitucionales o extralimitación de funciones, el Poder Judicial cuenta con un órgano, la Suprema Corte de Justicia, que funge como garante de la legalidad.

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