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Las empresas tienen el deber moral de dar las indicaciones oportunas a sus trabajadores, así como recordar a los trabajadores las medidas de protección individual que estos deben adoptar según las recomendaciones del Ministerio de Sanidad.
Asimismo, tal y como se desprende del artículo 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los trabajadores deberán atender a dichas indicaciones, en aras de velar no sólo por su seguridad sino también por la salud de los compañeros de trabajo que les rodean.
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