buscar las leyes nacionales de:educación sexual integral,matrimonio igualitario,identidad y género y promoción del accesoal empleo formal para personas travestis,transexuales, y transgénero.Identificar el año en el que se aprobaron y realizar un resumen del contenido de cada ley
doy coronita al que responda
Respuestas
Respuesta:
1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "Comisión
Interamericana", "Comisión" o "CIDH") ha monitoreado, en los últimos años,
la situación de los derechos de las personas con orientaciones sexuales,
identidades y expresiones de género diversas o no normativas, o cuyos
cuerpos varían del estándar corporal femenino y masculino. Durante este
período, la Comisión conoció sobre los desafíos enfrentados por las personas
lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex (en adelante "LGBTI") en las
Américas, y, sobre todo, la alarmante realidad de la violencia generalizada
en su contra. La CIDH, además de haber llamado la atención sobre el
prejuicio y la discriminación estructurales en las sociedades de la región,
también hizo una serie de recomendaciones a los Estados Miembros de la
Organización de los Estados Americanos (en adelante "OEA"), con la
finalidad de proteger la integridad física y psicológica de las personas LGBTI,
así como impulsar el reconocimiento de sus derechos.
2. Después de tres años del lanzamiento del informe sobre la Violencia contra
Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América (2015)1,
la Comisión Interamericana observa que siguen estando presentes los
diversos tipos de violencia física, psicológica y sexual identificados en la
región. Al mismo tiempo, la CIDH reconoce importantes cambios en favor de
la protección, el reconocimiento y la garantía de los derechos de las personas
LGBTI en diversos países del hemisferio. Estos cambios, que se vienen dando
a través de procesos legislativos, decisiones judiciales y políticas públicas, se
traducen en un mayor reconocimiento de los derechos de las personas
LGBTI y avanzan la agenda de igualdad, inclusión y no discriminación,
asegurando que esas personas vivan sus vidas libres de toda forma de
violencia, terror y miseria.
3. En este sentido, la Comisión Interamericana decidió elaborar este nuevo
informe, que combina la interdependencia y universalidad de los derechos
humanos, con la visión de la seguridad integral dirigida a las personas LGBTI,
visión que comprende no sólo la protección contra la violencia física,
psicológica y sexual, sino que también incluye la posibilidad de que puedan
planificar y fortalecer sus capacidades individuales. El nuevo informe
1 CIDH, Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en Américas, 12 de
noviembre de 2015.
6. En opinión de la CIDH, la falta de efectividad de muchas medidas adoptadas
por los Estados tiene que ver principalmente con deficiencias en el diseño,
elaboración e implementación de dichas medidas, así como con la ausencia
2 Para las definiciones de heteronormatividad y cisnormatividad comprendidas por la CIDH, véase CIDH,
Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en Américas, 12 de noviembre de
2015, párr. 31.
Resumen ejecutivo | 11
Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH
de mecanismos eficaces de evaluación de estas. Para un avance más eficaz
en la protección de los derechos de las personas LGBTI, la Comisión resalta
la crucial importancia de que los Estados desarrollen mecanismos
adecuados de recolección de datos con especial atención en la segregación
de datos en cuanto a las personas pertenecientes al acrónimo LGBTI, así
como teniendo en cuenta los tipos específicos de vulnerabilidad a que están
sometidas. Asimismo, la CIDH recomienda a los Estados que promuevan una
cultura de derechos para combatir los prejuicios sociales y culturales
arraigados en las sociedades del continente americano y que sigan
desarrollando la protección integral de los derechos de las personas LGBTI.
7. Entre las medidas de protección integral, pese a que la adopción o la
modificación de legislación en sí mismas no necesariamente resultan en el
establecimiento de condiciones que garanticen el libre y pleno ejercicio de
los derechos humanos de las personas LGBTI, la Comisión Interamericana
ha recibido información sobre diversas medidas adoptadas por los Estados
de la región que garantizan la protección del derecho a la identidad y el
reconocimiento de orientaciones sexuales, identidades de género – reales o
percibidas –, y características sexuales diversas de las aceptadas por la
sociedad. La CIDH recomienda a los Estados que el reconocimiento de la
identidad de género de toda persona tome como elemento central el
consentimiento informado –sin que se exijan requisitos que pueden ser
patologizantes– y que sea rápido y efectivo.
8. La CIDH también recibió información de las buenas prácticas existentes en
la región sobre la participación democrática y política de las personas LGBTI.
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