• Asignatura: Derecho
  • Autor: santikevv0
  • hace 2 años

buscar las leyes nacionales de:educación sexual integral,matrimonio igualitario,identidad y género y promoción del accesoal empleo formal para personas travestis,transexuales, y transgénero.Identificar el año en el que se aprobaron y realizar un resumen del contenido de cada ley

doy coronita al que responda​

Respuestas

Respuesta dada por: army0111
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Respuesta:

1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "Comisión

Interamericana", "Comisión" o "CIDH") ha monitoreado, en los últimos años,

la situación de los derechos de las personas con orientaciones sexuales,

identidades y expresiones de género diversas o no normativas, o cuyos

cuerpos varían del estándar corporal femenino y masculino. Durante este

período, la Comisión conoció sobre los desafíos enfrentados por las personas

lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex (en adelante "LGBTI") en las

Américas, y, sobre todo, la alarmante realidad de la violencia generalizada

en su contra. La CIDH, además de haber llamado la atención sobre el

prejuicio y la discriminación estructurales en las sociedades de la región,

también hizo una serie de recomendaciones a los Estados Miembros de la

Organización de los Estados Americanos (en adelante "OEA"), con la

finalidad de proteger la integridad física y psicológica de las personas LGBTI,

así como impulsar el reconocimiento de sus derechos.

2. Después de tres años del lanzamiento del informe sobre la Violencia contra

Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América (2015)1,

la Comisión Interamericana observa que siguen estando presentes los

diversos tipos de violencia física, psicológica y sexual identificados en la

región. Al mismo tiempo, la CIDH reconoce importantes cambios en favor de

la protección, el reconocimiento y la garantía de los derechos de las personas

LGBTI en diversos países del hemisferio. Estos cambios, que se vienen dando

a través de procesos legislativos, decisiones judiciales y políticas públicas, se

traducen en un mayor reconocimiento de los derechos de las personas

LGBTI y avanzan la agenda de igualdad, inclusión y no discriminación,

asegurando que esas personas vivan sus vidas libres de toda forma de

violencia, terror y miseria.

3. En este sentido, la Comisión Interamericana decidió elaborar este nuevo

informe, que combina la interdependencia y universalidad de los derechos

humanos, con la visión de la seguridad integral dirigida a las personas LGBTI,

visión que comprende no sólo la protección contra la violencia física,

psicológica y sexual, sino que también incluye la posibilidad de que puedan

planificar y fortalecer sus capacidades individuales. El nuevo informe

1 CIDH, Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en Américas, 12 de

noviembre de 2015.

6. En opinión de la CIDH, la falta de efectividad de muchas medidas adoptadas

por los Estados tiene que ver principalmente con deficiencias en el diseño,

elaboración e implementación de dichas medidas, así como con la ausencia

2 Para las definiciones de heteronormatividad y cisnormatividad comprendidas por la CIDH, véase CIDH,

Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en Américas, 12 de noviembre de

2015, párr. 31.

Resumen ejecutivo | 11

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH

de mecanismos eficaces de evaluación de estas. Para un avance más eficaz

en la protección de los derechos de las personas LGBTI, la Comisión resalta

la crucial importancia de que los Estados desarrollen mecanismos

adecuados de recolección de datos con especial atención en la segregación

de datos en cuanto a las personas pertenecientes al acrónimo LGBTI, así

como teniendo en cuenta los tipos específicos de vulnerabilidad a que están

sometidas. Asimismo, la CIDH recomienda a los Estados que promuevan una

cultura de derechos para combatir los prejuicios sociales y culturales

arraigados en las sociedades del continente americano y que sigan

desarrollando la protección integral de los derechos de las personas LGBTI.

7. Entre las medidas de protección integral, pese a que la adopción o la

modificación de legislación en sí mismas no necesariamente resultan en el

establecimiento de condiciones que garanticen el libre y pleno ejercicio de

los derechos humanos de las personas LGBTI, la Comisión Interamericana

ha recibido información sobre diversas medidas adoptadas por los Estados

de la región que garantizan la protección del derecho a la identidad y el

reconocimiento de orientaciones sexuales, identidades de género – reales o

percibidas –, y características sexuales diversas de las aceptadas por la

sociedad. La CIDH recomienda a los Estados que el reconocimiento de la

identidad de género de toda persona tome como elemento central el

consentimiento informado –sin que se exijan requisitos que pueden ser

patologizantes– y que sea rápido y efectivo.

8. La CIDH también recibió información de las buenas prácticas existentes en

la región sobre la participación democrática y política de las personas LGBTI.

Explicación: Espero que te ayude

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