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Respuesta dada por:
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Explicación:
Un menor de edad, al no poseer cierta madurez mental, es también inimputable; la minoría de edad no consiste en una perturbación patológica, sino en una realidad biológica. Por esta consideración, el Art. 307 del Código de la Niñez y Adolescencia estatuye que ?Los niños son absolutamente inimputables y tampoco son responsables; por tanto, no están sujetos ni al juzgamiento ni a las medidas socio-educativas??.
xquintero489:
umm ok
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