Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
Desde la perspectiva constitucional, el derecho a la protesta social se encuentra consagrado en el Artículo 37: “Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley po- drá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho”.
Explicación:
Cuando los trabajadores están inconformes con las condiciones de trabajo, se reúnen para analizar y manifestar sus inquietudes o necesidades. ... En caso de que no se llegue a un acuerdo y hayan pasado los seis o diez días, los trabajadores podrán suspender labores, es decir, inicia la huelga
Preguntas similares
hace 2 años
hace 2 años
hace 4 años
hace 7 años