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está en Google perdón por no ayudarte
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Artículo 81.El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en su representación y con las limitaciones y responsabilidades señaladas por la Constitución y la ley. Ninguna persona, organización, Fuerza Armada o Fuerza Policial, o sector del pueblo puede arrogarse su ejercicio. Hacerlo es sedición.
EXPLICACION: Espero a verte ayudado
coronita plis :3
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