• Asignatura: Derecho
  • Autor: coronelllacuaelvis
  • hace 1 año

ensayo sobre los derechos entre hombres y mujeres en una comunidad ,,,ayuda xfs ​

Respuestas

Respuesta dada por: Anónimo
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Respuesta:

La igualdad de género implica que hombres y mujeres deben recibir los mismos derechos, beneficios, igualdad de oportunidades, mismas sentencias y ser tratados con el mismo respeto en todos los aspectos de la vida cotidiana: trabajo, salud, educación.

Explicación:

Respuesta dada por: valentinagamez291
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Respuesta:

El respeto de los derechos humanos y de la igualdad entre mujeres y hombres son valores en los que se fundamenta la Unión, como recogen el Tratado de la Unión Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

2. Es importante promover valores comunes como el respeto de los derechos humanos y la igualdad entre mujeres y hombres, así como la idea compartida de que los derechos humanos son universales y se aplican a todas las personas, con independencia de su sexo, entre otras cosas.

3. El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece que la Unión, en todas sus acciones, se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre la mujer y el hombre y promover su igualdad, y de luchar contra la discriminación por diversos motivos, incluidos el sexo, en la definición y ejecución de sus políticas y acciones [1] y faculta al Consejo para adoptar acciones para luchar contra la discriminación por esos motivos [2].

4. Las presentes Conclusiones se basan en los trabajos anteriores y en los compromisos políticos anunciados por el Parlamento Europeo, el Consejo, la Comisión y demás partes interesadas, incluidos los documentos que se indican en el anexo I.

5. La igualdad entre mujeres y hombres es un principio fundamental de la Unión Europea consagrado en los Tratados, así como uno de los objetivos y tareas de la Unión, y la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en todas sus actividades representa una misión específica de la Unión [3].

6. La igualdad entre hombres y mujeres está consagrada en el artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

7. Tanto el Parlamento Europeo como el Consejo han pedido a la Comisión que adopte una estrategia, que tenga el mismo carácter formal que estrategias anteriores, en materia de igualdad de género para el periodo posterior a 2015.

8. En su programa de trabajo para 2016, la Comisión ha reafirmado su compromiso de seguir trabajando para promover la igualdad entre hombres y mujeres.

9. La Comisión presentó recientemente su Compromiso estratégico para la igualdad de género 2016-2019, que establece cinco ámbitos prioritarios: el aumento de la participación de la mujer en el mercado laboral y la equiparación de la independencia económica de mujeres y hombres; la reducción de la desigualdad de salarios y pensiones por razón de género y, por consiguiente, la lucha contra la pobreza entre las mujeres; la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en la toma de decisiones; la lucha contra la violencia de género y la protección y el apoyo a las víctimas; y la promoción de la igualdad de género y los derechos de las mujeres en todo el mundo.

10. La Unión dispone de un importante conjunto de legislación para promover el cumplimiento del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en los ámbitos del empleo y el acceso a bienes y servicios.

11. La Unión ha desempeñado un importante papel en la promoción de la igualdad de género en todo el mundo y se ha comprometido, entre otras cosas, a la realización plena y efectiva de la Plataforma de Acción de Beijing de las Naciones Unidas. Desde 1999, el Consejo ha adoptado Conclusiones con indicadores cuantitativos y cualitativos sobre las esferas de especial preocupación.

12. La Cumbre de las Naciones Unidas celebrada entre los días 25 y 27 de septiembre de 2015 aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que incluye un objetivo independiente para «lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas», así como el compromiso de integrar la igualdad de género en otros objetivos. Esta Agenda universal establece nuevas obligaciones y oportunidades para integrar plenamente la dimensión de género en todas las estrategias, políticas y programas de financiación pertinentes tanto de la UE como nacionales y promueva y ponga en práctica de forma sistemática evaluaciones del impacto del género y la inclusión de la perspectiva de género en los presupuestos, y supervise y evalúe las políticas, en particular recogiendo datos fiables y comparables desglosados por sexo y edad, utilizando datos disponibles cuando sea posible, con vistas a lograr la igualdad de género, no solo en el contexto de la acción exterior, sino también dentro de la Unión.

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