un comentario personal sobre el artículo 136 de la Constitución política de Guatemala es para hoy
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Artículo 136 Son derechos y deberes de los ciudadanos: a) Inscribirse en el Registro de Ciudadanos; b) Elegir y ser electo; c) Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral; d) Optar a cargos públicos; e) Participar en actividades políticas; y f) Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia de la República.
Espero que te sirva pa
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Soy de honduras ♀️ pero hay te dieron la respuesta xd
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