¿En qué influyó el siglo 18 con la revolución de los derechos humanos y la ilustración hasta los tiempos de ahora?

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Respuesta dada por: mateopiar
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Explicación:Pero Voltaire es también un ejemplo de las contradicciones que han albergado algunos grandes pensadores y defensores de los derechos de las personas. Con relación a la esclavitud, mantuvo la postura de la antigüedad según la cual el mal no era la esclavitud en sí sino el maltrato que se daba a los esclavos. En este aspecto el caso de Voltaire no es ninguna excepción. Por ejemplo: John Locke, brillante librepensador y defensor de los derechos de los ciudadanos tenía acciones en una compañía que, entre otras actividades, se dedicaba a la trata de esclavos; o Montesquieu, mientras por un lado criticaba la esclavitud, por otro tenía una actitud despreciativa hacia los negros. En otro orden de cosas, la defensa por parte de Rousseau de la educación infantil, era para él compatible con una subvaloración de las niñas, que consideraba que debían educarse en función de lo que se esperaba más tarde de ellas como mujeres adultas: estar al servicio de las necesidades de los hombres.

Otros personajes fundamentales del siglo XVIII son Cesare Beccaria e Immanuel Kant.

Cesare Beccaria (1735-1794) fue un filósofo, jurista y economista italiano. En el contexto de una Europa en la que todos los países aplicaban la pena de muerte para múltiples delitos, publicó el "Tratado de los delitos y las penas", en el que se pronunciaba abiertamente en contra de la pena de muerte. La obra, en la que también criticaba la utilización de la tortura judicial, tuvo una gran influencia en los distintos países europeos.

Immanuel Kant (1724-1804) fue un filósofo alemán que, a diferencia de la mayoría de los filósofos de la Ilustración, que tuvieron un papel relevante como activistas sociales, se dedicó estrictamente a la reflexión filosófica. No obstante, su aportación al progreso de la causa de los derechos humanos es fundamental. Se caracterizó por la búsqueda de una ética basada en la razón y con el carácter de universalidad que posee la ciencia. Definió la razón teórica como aquella que formula juicios (la razón propia de los sistemas éticos anteriores a él), frente a la razón práctica, que formula imperativos. Su visión ética universal la concretó en lo que llamó Imperativo Categórico: "Obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que esta máxima se torne en ley universal". De hecho, el Imperativo Categórico es una actualización, racionalizada filosóficamente, de la antigua Regla de Oro presente en muchas culturas. "Trata a los demás como te gustaría que te trataran a ti".

Otra de las formulaciones del Imperativo Categórico kantiano es la siguiente: "Obra de tal modo que te relaciones con la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin, y nunca sólo como un medio". Para Kant todo ser humano tiene un valor absoluto y no puede ser relativizado (no puede ser utilizado, ya que es un fin en sí mismo), una idea que condensaba así: "El ser humano no tiene precio, tiene dignidad".

La consecuencia a nivel político de la propuesta kantiana es la tolerancia, el respeto a las ideas ajenas y la democracia como sistema político. Por ello, cuando se pretende fundamentar filosóficamente los principios rectores de los derechos humanos, hay que recurrir al pensamiento kantiano. Además, en una de sus últimas obras (La paz perpetua, 1795), Kant propone ya una Federación de Estados Libres, unidos mediante un Convenio cuyo objetivo sería la prevención de la guerra, avanzando así la idea de lo que, 125 años después, tras la Primera Guerra Mundial, se concretaría en la creación de la Sociedad de Naciones (y posteriormente, tras la Segunda Guerra Mundial, en las Naciones Unidas).

El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes, pero al mismo tiempo anclado todavía en costumbres y concepciones atávicas, en la medida que las grandes declaraciones americanas y francesa frecuentemente eran compatibles con la existencia de la esclavitud (su abolición se llevará a cabo durante el siglo siguiente) o la discriminación de las mujeres.

En cuanto a la denuncia de la discriminación de las mujeres, hay que resaltar las aportaciones de Olimpia de Gouges en Francia (autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, 1791) y Mary Wollstonecraft en Inglaterra (autora de la Vindicación de los Derechos de la Mujer, 1792).

Más información sobre Olimpia de Gouges y Mary Wollstonecraft en el  apartado La otra media humanidad.

Como algo característico del siglo XVIII, aunque se puede extrapolar a prácticamente toda la historia de los derechos humanos, podemos resaltar lo siguiente: cualquier avance que se produce en el progreso del reconocimiento de los derechos humanos, representa una crisis, un enfrentamiento entre el poder y un sector contrario a él, que reclama aquello que considera que le pertenece y que no se le reconoce.

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karennicolle313: graciaas!!
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