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El niño y el adolescente tienen derecho a estar protegidos contra toda forma de explotación y contra el desempeño de cualquier actividad que pueda ser peligrosa o entorpezca su educación, o sea nociva para su salud ser peligrosa o entorpezca su educación, o sea nociva para su salud o para su desarrollo armónico e integral.
Artículo 20. - DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN: El niño y el adolescente tienen derecho a una educación que les garantice el desarrollo armónico e integral de su persona, y que les prepare para el ejercicio de la ciudadanía.
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