1.¿En Colombia existe una normatividad para el diseño de toboganes de parques recreativos como los de nuestros barrios o conjuntos?

2. ¿ Cuál es la pendiente o ángulo que se debe tener en cuenta para el diseño de estos toboganes?

Respuestas

Respuesta dada por: florezmurcia2019
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Respuesta:

Los parques infantiles y las instalaciones recreativas ubicadas en lugares públicos o de uso común (unidades residenciales) ofrecen a los niños la posibilidad no solo de jugar al aire libre, sino también de hacer amigos y ejercicio físico.

Sin embargo, aunque en la mayoría de las ocasiones esta sana actividad recreativa no presenta mayor riesgo para la salud, la integridad y la seguridad de sus usuarios, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades


florezmurcia2019: Centrémonos en los toboganes, fijándonos en concreto en su forma, en la curva que determinan viéndolos de perfil. Es evidente que uno de sus objetivos es que el que se sube disfrute al máximo de la bajada (sin riesgos, por supuesto: nunca veremos una caída libre totalmente vertical, excepto si la «llegada» es lo suficientemente «blanda»
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