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Artículo 61.- Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas. constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar
guadaluna877:
Artículo 61- Corresponde también al Senado autorizar al Presidente de la Nación para que declare en estado de sitio, uno o varios puntos de la República en caso de ataque exterior. ... Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones. ....perdón es esteee
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