• Asignatura: Historia
  • Autor: daalcu11
  • hace 1 año

¿LAS REFORMAS BENEFICIARON A LOS INDÍGENAS? ¿POR QUÉ?

Respuestas

Respuesta dada por: vanessaoterozuluaga
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Respuesta:

Apesar de que el reparto agrario de siglo XIX y principios del XX estuvo plagado de irregularidades, es indudable que las leyes liberales impactaron las maneras de concebirse y presentarse de las comunidades indígenas. Las comunidades de indios no sólo resistieron e intentaron, con todos los medios a su alcance, manipular, ocultar o simular la aplicación de las leyes liberales, también adoptaron elementos del nuevo discurso cívico y ciertas formas de representación acordes con las nuevas exigencias de las leyes nacionales. El objetivo que se perseguía era claro, negociar con el Estado mexicano hasta donde fuera posible el mantenimiento de sus bienes, formas de vida y representación política, es decir, una cierta autonomía que les permitiera mantener el control comunal de sus recursos. Visto a la distancia, este proceso que se inicia en el siglo XIX hizo posible la emergencia de un sujeto indígena que a partir de entonces reivindicará la colectividad como posibilidad de vida en el mundo moderno.

De alguna manera, el que en la actualidad en muchas regiones se observe un vigoroso comunalismo, incluso en localidades que durante gran parte del siglo XX se identificaran simplemente como campesinas ahora lo hagan también como indígenas, nos demuestra el alcance que tuvieron las estrategias indígenas por mantener el control de sus territorios además de la notable continuidad de los reclamos de reconocimiento como sujetos colectivos por parte del Estado nacional.

Por ejemplo, el proceso histórico de la comunidad de Sevina, ubicada en la meseta purépecha en el municipio de Nahuatzen, refleja de manera clara esta vigencia. En los documentos del siglo XIX se dice que Sevina fue una de las primeras comunidades de la región en repartirse, en 1874 manifestaba, como muchas otras comunidades, que no tenía tierras comunales.1 Y sin embargo, durante una buena parte del siglo XX, la comunidad se movilizó y procuró, primero, la recuperación o restitución de sus tierras comunales y, luego, el deslinde definitivo de las parcelas en manos de propietarios particulares y los terrenos que mantenían en disputa con las comunidades vecinas. A principios del siglo XXI, presentará un Estatuto Comunal con toda una reglamentación y una definición de lo que es ser comunero. Además, sus autoridades se mostrarán orgullosas de haber obtenido la carpeta básica definitiva, que otorga la Secretaría de la Reforma Agraria, así como de haber recuperado casi todas las tierras que estaban en manos de particulares y de estar desarrollando varios proyectos colectivos sustentados en la propiedad comunal de su bosque. ¿Acaso era posible que una excomunidad que se había privatizado (además de que se castellanizó desde mediados del siglo XX) pudiera recomunalizarse casi totalmente?, ¿o es que acaso no había existido tal privatización o no como la conocemos y que el proceso había sido mucho más complejo de lo que pensamos?, ¿qué sucedió a finales del siglo XIX y en las décadas posteriores que trastocó este proceso?

Algunas de las respuestas aparecen en el trabajo de Roseberry (2004) quien señala que las reacciones de las comunidades michoacanas al reparto agrario fueron muy diversas y encontradas —hubo desde resistencia abierta, hasta clara aceptación, pasando por la simulación—, además, y es muy enfático en señalarlo, las diferencias y los conflictos internos fueron muy importantes para aceptar, rechazar o negociar con los agentes del Estado las condiciones de la privatización. De acuerdo con Mallon (1995), Roseberry señala que es posible hablar de un "liberalismo popular" (es decir la adopción y uso del credo liberal por las clases campesinas) pero aclara que éste tuvo muchos matices y no se adoptó de manera generalizada en la zona purépecha. Tanto Gledhill (2004a) como Annino (2003) cuestionan la utilización de dicho concepto.

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