Respuestas
Respuesta:
Establece dos parámetros jurídicos para el estudio de la simbología, uno es la libertad religiosa, dado que los símbolos son la materialización de la religiosidad como modo de manifestar las creencias; el otro, la neutralidad del Estado, puesto que el Estado no toma partido, sino que permanece imparcial y se limita a garantizar el disfrute de la libertad.
Así, el símbolo se nos presenta en el espacio físico público y privado. En lo público, vía pública, espacios públicos, edificios públicos, edificios privados. En las personas, privado, que portan símbolos religiosos: personas en la vía pública, personas en espacios de seguridad, personas en la enseñanza, personas en las prisiones, personas en los poderes del Estado, en el deporte… Ambos, espacios públicos y personas, articulan situaciones singulares y problemática diversa, tanto dentro del contexto jurídico nacional como del derecho internacional y comparado.
Explicación:
dame Corona por favor