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Se confirma el fallo en cuanto responsabilizó a la ART por la enfermedad auditiva que padece la trabajadora, pues si hubiera advertido a la empleadora acerca de las medidas de seguridad con las que debía contar la actora en una tarea –telemarketing- en la que era habitual que se encontrara sometida a un nivel sonoro constante y si hubiera controlado la provisión de elementos de seguridad, las dolencias de la trabajadora no hubieran alcanzado la gravedad que presentan.
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