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Como término legal, tenencia de la tierra implica el derecho a poseer tierras, en lugar del simple hecho de tenerlas.
En las regiones indígenas coexisten 3 tipos de tenencia de la tierra, a saber:
- a) bienes comunales
- b) ejidos indígenas
- c) ejidos indígenas que operan de acuerdo a la normatividad de la Ley de la Reforma Agraria.
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