Articulo 14 de la constitucion mexicana.


dekorarmy: Espero que te ayude

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Respuesta dada por: joseluistuchico12
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Ya

Respuesta dada por: dekorarmy
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Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones

o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales

previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades

esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con

anterioridad al hecho.

En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple

analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté

decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.

En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme

a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se

fundará en los principios generales del derecho

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