María Isabel sacara de su AFP el 10% de sus ahorros, los que equivalen a 2.300.000. Ella decide gastar el 75% de lo que saco y el resto invertirlo durante 12 meses a un interés de 5,5% ¿cuánto es el monto que tiene al final del periodo? (10 pts)
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Respuesta:
Son cuatro las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que gestionan el dinero que los trabajadores formales aportan todos los meses en el Perú. Sin embargo, en la actual crisis sanitaria generada por el Covid-19, el Poder Ejecutivo ha autorizado el retiro de parte de estos fondos para darle mayor liquidez de gasto a las familias. Aquí te explicamos las principales dudas en torno a este sistema dominado en el país por las AFP Integra, Habitat, Prima y Profuturo.
Explicación paso a paso:
El jueves 30 de abril el Congreso de la República promulgó por insistencia la ley que permite el retiro del 25% de los fondos de las AFP. La norma permite disponer de un mínimo de S/4.300 (1 UIT) y un máximo de S/12.900 (3 UIT) en dos armadas: el primer abono del 50% se realizará a los 10 días de presentada la solicitud; y el monto restante en los 30 días calendario posteriores al primer retiro. Si el dinero de su fondo es inferior al monto mínimo (S/ 4.300) podrá retirar el 100% de su capital en una sola transacción.
El lunes 11 de mayo la SBS publicó el procedimiento operativo para que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) coordinen este nuevo trámite de sus afiliados. El porcentaje que se calculará proviene de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC), que incluye los aportes y la utilidad generada.
Las solicitudes se recibirán a partir del 18 de mayo y el beneficio estará vigente por un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la publicación del procedimiento operativo.
Para los afiliados que retiraron los S/2 mil en el marco del Decreto de Urgencia 034-2020 (aquellos que tenían más de seis meses sin empleo), dicho monto será deducido de este nueva solicitud.
Según la Ley N° 31017, los depósitos no son intangibles, por lo que si existe una deuda pendiente afiliada al banco donde se depositará el dinero, este podrá cobrársela.
Las AFP seguirán atendiendo en paralelo el desembolso de S/2 mil para los que se acogen al D.U 038-2020 (empleados activos que tengan sueldos menores a S/ 2.400, los trabajadores que perdieron su empleo recientemente y los que se vean afectados por la suspensión perfecta de labores).
Para los afiliados que residen en el extranjero o están físicamente imposibilitados, las AFP establecerán los protocolos para identificar plenamente al titular solicitante, a fin de gestionar su requerimiento.