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Respuesta:
lo encontre en google no se si es
Explicación:
Si bien hoy en día nadie duda que el derecho de la salud es un derecho de incidencia colectiva, en sus orígenes se entendía que el mismo constituía un derecho personal a no recibir daños a la propia salud. Así, de un concepto de salud típico de la primera generación de derechos humanos, subjetivo, individual, se pasó a un derecho colectivo (derechos sociales). Es conveniente resaltar que cuando la salud como bien colectivo sufre amenazas o daños se compromete a su vez la salud del individuo (Cafferatta, N. A., 2011, 646). Tanto la Organización Mundial de la Salud, como la Organización Panamericana de la Salud, consideran que la salud es «un estado completo de bienestar físico, mental y social»; por lo que dicho concepto va mucho más allá de «no estar enfermo» o no «enfermarse» (párrafo 2º de la Constitución de la OMS). Numerosos textos internacionales se expiden en igual sentido. Por ejemplo, el derecho a la salud aparece recogido por el art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como derecho «al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental».