Mencione y explique cuáles de los principio establecidos por las contralorías se vulneraron en el caso del programa de alimentación escolar PAE.

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Respuesta dada por: isabelcamp74
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ANTECEDENTES

Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1120, de 18 de julio de 2016, el Programa de Alimentación Escolar (PAE) fue transferido al Ministerio de Educación (MINEDUC). Se fijó una transición de 60 días a partir de la firma del mencionado Decreto, por lo que el MINEDUC retomó la ejecución del PAE a partir del mes de septiembre de 2016.

La Disposición General PRIMERA del Decreto Ejecutivo Nro. 1120 establece: “El Ministerio  de Educación, en coordinación con el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP),  realizarán  los procesos  de contratación  pública  necesarios  para  la continuidad  en la ejecución  de los  distintos programas  y  proyectos  relacionados  con la provisión de alimentación escolar”, por lo que a partir de dicha fecha se coordina con el SERCOP el inicio de los procedimientos precontractuales de la alimentación escolar, a través de  la SUBASTA INVERSA CORPORATIVA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR – SICAE

Adicionalmente, en cumplimiento del Decreto Ejecutivo, se expidió el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-ME-2016-00073-A, en el cual se establecieron como beneficiarios de la alimentación escolar a los estudiantes desde inicial a 10.° Educación General Básica y los estudiantes de bachillerato de las UEM. Anexo a este Acuerdo, se emite el “Manual de operaciones y logística para la provisión de raciones alimenticias para los estudiantes de Educación Inicial, Educación General Básica y Bachillerato de las unidades educativa del milenio del sistema público de educación” (MOL), que regula la distribución de las raciones alimenticias.

PROCESOS DE PROVISIÓN DE ALIMENTOS  

La provisión de los alimentos se realiza en dos modalidades:

Primera: En las Instituciones Educativas que cuentan con residencias estudiantiles en las cuales, por sus características particulares, se entregan 3 ingestas al día: desayuno, almuerzo y cena elaborados con productos frescos.

Segunda: En las Instituciones Educativas que NO cuentan con Residencia Estudiantil, la atención se basa en:

Universalizar la entrega de raciones alimenticias conformadas por alimentos que contiene proteínas de alto valor biológico a todos los beneficiarios de la alimentación escolar, misma que es combinado con otros alimentos industrializados.

Ampliar la variabilidad de productos industrializados para incentivar el consumo de la ración alimenticia.

2.1     RESIDENCIAS ESTUDIANTILES

A partir del 5 de septiembre de 2016, se dio inicio a la entrega de alimentación para los estudiantes y tutores que pernoctan en las residencias estudiantiles a nivel nacional en los días de clases, la cual está compuesta por tres (3) comidas diarias: desayuno, almuerzo y merienda, en gramajes y necesidades nutricionales acordes a cada grupo etario.

El desayuno está compuesto por una bebida láctea caliente o fría, porción de fruta, porción de proteína y porción de carbohidrato.

El almuerzo y la merienda están compuestos por sopa, plato fuerte, guarnición, postre y jugo.

Al momento se han atendido a 726 beneficiarios de 14 Instituciones educativas que tienen residencia estudiantil.

Este servicio es adquirido por los niveles desconcentrados del MINEDUC a través del procedimiento de catálogo dinámico inclusivo implementado por el SERCOP, de acuerdo a la disponibilidad de oferentes con los que se cuenta en la zona.

2.2     SUBASTA INVERSA CORPORATIVA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR – SICAE

El SERCOP, en el marco del proceso de la  Subasta Inversa Corporativa de Alimentación Escolar (SICAE) adjudicó en el mes de noviembre de 2016 la provisión de raciones alimenticias, a tres empresas proveedoras: Lafattoria S.A., Lechera Andina LEANSA y  Consorcio Alimentación Escolar Ordeño – Fortesan.

Entre el 9 y 12 de diciembre de 2016, se suscribieron con el SERCOP 8 convenios marco para la “SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA LA PROVISIÓN DE RACIONES ALIMENTICIAS PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN INICIAL, EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA Y BACHILLERATO DE LAS UNIDADES EDUCATIVAS DEL MILENIO DEL SISTEMA PÚBLICO DE EDUCACIÓN PARA AGREGADO TERRITORIAL…”, con una vigencia de dos años, en ocho agregados territoriales definidos por el SERCOP en el marco de la SICAE, conforme al siguiente gráfico:

Explicación:

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